TIEMPO LITÚRGICO

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domingo, 1 de febrero de 2015

LA ADORACIÓN NOCTURNA ESPAÑOLA SE VISTE DE FIESTA

D. LUIS DE TRELLES, MÁS CERCA DE LOS ALTARES
 
     El papa Francisco ha autorizado esta mañana (22-01-2015) la promulgación del decreto de virtudes heroicas del laico Luis de Trelles y Noguerol (1819-1991), fundador de la Adoración Nocturna Española, que falleció en Zamora y cuyos restos se conservan en su Catedral. En cuanto se publique el decreto, Trelles será considerado “venerable”.
     El papa ha recibido esta mañana en audiencia al cardenal Ángelo Amato, prefecto de la Congregación de las Causas de los Santos, y ha autorizado la promulgación de decretos relativos a los procesos de beatificación o canonización de varias personas, entre las que se encuentra el fundador de la Adoración Nocturna Española, el siervo de Dios Luis de Trelles y Noguerol.
     Trelles murió en Zamora en 1891, cuando visitaba la sección de la Adoración Nocturna en la Diócesis. En 1991 sus restos se trasladaron a la Catedral, donde reposan en la nave sur. En 1994 se inició el proceso diocesano de beatificación, que ahora da un paso importante con la aprobación del decreto por parte del Papa.
     El proceso por el que la Iglesia católica declara la santidad de uno de sus fieles comienza con el proceso de beatificación.
     Para que una persona sea beatificada, el primero de los pasos es el reconocimiento de las virtudes heroicas, y el segundo es declarar probado que Dios ha realizado un milagro por su intercesión. Tras la beatificación, un nuevo milagro será el que posibilite la canonización.
¿QUÉ ES EL DECRETO DE VIRTUDES HEROICAS?

     El proceso de beatificación por la vía de virtudes heroicas tiene como finalidad la declaración de que el fiel vivió las virtudes cristianas en grado heroico. Al introducir el proceso, se establece la duda procesal de si el fiel vivió las virtudes cristianas en grado heroico.
     El tribunal competente para iniciar la causa de beatificación es el del lugar en que ha fallecido el fiel (en este caso, el Tribunal Eclesiástico de Zamora).

El postulador ha de presentar una biografía del fiel, todos los escritos del fiel y una lista de personas que puedan testificar sobre la vida del fiel. También ha de añadir las razones que avalan la petición. Desde el momento de la introducción de la causa, al fiel cuya canonización se pretende se le llama “siervo de Dios”.
Una vez terminada la fase probatoria, se redacta un documento en el que se examinan los datos recogidos (la llamada positio) y se envían todas las actas a la Congregación para las Causas de los Santos, dicasterio vaticano encargado de estos asuntos. Así comienza la fase romana del proceso de beatificación. Allí, el Colegio de Relatores elabora una ponencia sobre las virtudes, que se presenta a la Comisión de Teólogos, y si éstos emiten un voto favorable, se entrega a los cardenales y obispos que integran la Congregación.
Si su voto también es favorable, se presenta al Papa la propuesta de que se apruebe el decreto de virtudes heroicas del siervo de Dios.
Una vez aprobado y publicado, el siervo de Dios recibe el título de “venerable”. Las normas litúrgicas no permiten dar ningún culto a los siervos de Dios declarados venerables, pero desde el momento de su declaración han de cesar los sufragios por su alma, puesto que la Santa Sede ha juzgado que ha vivido en grado heroico las virtudes cristianas.

DE LA REVISTA ECCLESIA

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