Constitución
Apostólica sobre las Indulgencias “Sacrarum Indulgentiarum Recognitio”
• “…La Iglesia también recomienda las limosnas, las
indulgencias y las obras de penitencia en favor de los difuntos.” (Catecismo
de la Iglesia Católica, 1032)
• “Mediante las Indulgencias, los fieles pueden
alcanzar para sí mismos y también para las Almas del Purgatorio la remisión de
las penas temporales, consecuencia de los pecados.” (Catecismo de la Iglesia Católica, 1498).
• “La indulgencia es parcial o plenaria según libere
de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente.” (Catecismo
de la Iglesia Católica, 1471)
REQUISITOS PREVIOS PARA OBTENER LAS INDULGENCIAS
¡Devoción! Es la palabra clave en todas las Indulgencias… asistir con devoción, orar con devoción, llevar los
objetos benditos con devoción y cumplir con la Obra prescrita para ganar la
Indulgencia, pero de nada servirán los actos realizados si no tenemos una
verdadera devoción. Además, para obtener Indulgencia Plenaria es requisito
primordial cumplir las condiciones siguientes en un mismo día.
1. Confesión sacramental. (Recientemente durante la semana, aunque
recomendable el mismo día)
2. Comunión, es necesario participar en la Santa Misa.
3. Oración por las intenciones del Papa, incluyendo Credo, Padre Nuestro, Ave María y
Gloria.
4. Obra de Caridad o de Penitencia: dar limosna o visitar a enfermos, ancianos,
minusválidos, niños abandonados u otra persona en necesidad; dar ofrendas a instituciones
de caridad o a la Iglesia; ayuno, abstinencia de comida, bebida o actividad
agradable; o un ofrecimiento que requiera sacrificio.
5. Peregrinación a una de las Iglesias designadas.
Los
enfermos y ancianos imposibilitados de hacer la peregrinación pueden obtener la
indulgencia ofreciendo a Dios sus sufrimientos y molestias; y cumpliendo con la
Confesión, Comunión y oraciones indicadas frente a un altar en su casa.
Las cinco condiciones pueden cumplirse
unos días antes o después de rezar o hacer la obra que incorpora la
indulgencia, pero es conveniente que la comunión y la oración por las
intenciones del Papa se realicen el mismo día rezando a su intención un solo
Padrenuestro y un Avemaría; pero se concede a cada fiel la facultad de orar con
cualquier fórmula, según su piedad y devoción.
INDULGENCIAS SÓLO APLICABLES A LAS ALMAS DEL PURGATORIO
DEL “ENCHIRIDION
INDULGENTIARUM” DE S.S. PAULO VI
DEL 1 AL 8 DE
NOVIEMBRE
Visitas al
cementerio:
Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a
los fieles cristianos que visiten piadosamente un cementerio (aunque sea
mentalmente) y que oren por
los difuntos.
2 DE NOVIEMBRE –
CONMEMORACIÓN DE LOS FIELES DIFUNTOS
Visitas a
Iglesias u Oratorio:
Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a
los fieles cristianos que, el día en que se celebra la Conmemoración de todos
los Fieles Difuntos, visiten piadosamente una iglesia u oratorio. Dicha
indulgencia podrá ganarse o en el día antes indicado o, con el consentimiento
del Ordinario, el domingo anterior o posterior, o en la solemnidad de Todos los
Santos. En esta piadosa visita, se debe rezar un Padrenuestro y Credo.
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